
27 Dic ¿Sabes cuándo un accidente de tráfico puede incurrir en delito penal?
En nuestro bufete de abogados en Barcelona las consultas sobre accidentes de tráfico suelen estar relacionadas con solicitudes de indemnización o reclamaciones por incapacidad relacionadas con las lesiones sufridas, pero ¿sabías que un accidente de tráfico puede incurrir en delito penal? Pues es cierto: algunas de las circunstancias que concurren en un accidente pueden ser constitutivas de delito.
A continuación, te mostramos algunas de las circunstancias que hacen que quizás necesites un abogado penal tras sufrir un accidente de tráfico:
La conducción de un vehículo a motor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas
Cabe aclarar que el mero acto de haber ingerido estas sustancias no es constitutivo de delito penal. Para que se considere como tal es necesario que la ingesta de estas sustancias provoquen en el sujeto que conduce una alteración de sus facultades psicofísicas, o sea, que los síntomas sean apreciables y que la infracción al volante denote conducción peligrosa y/o que haya provocado el accidente.
Implica pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o la obligación de realizar trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. En cualquier caso, también acarreará privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo de uno a cuatro años.
Además, negarse a someterse a la prueba de alcoholemia o a las que se hayan establecido para detectar si ha habido abuso de las mencionadas sustancias puede ser constitutivo de un delito de desobediencia grave sancionado con la pena de prisión de 6 meses a 1 año.
La conducción de un vehículo a motor de forma temeraria
Se considera conducción temeraria la que genera riesgo o peligro para la integridad del propio conductor, de los ocupantes del vehículo si los hubiere y del resto de los usuarios de la vía.
Está recogido en el artículo 380 del Código Penal, con penas previstas que van de los seis meses a dos años, y la privación del derecho a conducir vehículos a motor de uno a cuatro años, igual que ocurre en el supuesto anterior.
Si se considera que la conducción temeraria manifiesta desprecio por la vida, la prisión puede aumentar de dos a cinco años, la multa pasa a ser de 12 a 24 meses y la retirada del carnet de 6 a 10 años (aunque se reserva para casos extremos de conductores suicidas o actos de terrorismo).
La omisión de socorro
Es nuestro deber socorrer a cualquier persona que se encuentra desamparada y en peligro manifiesto y grave, siempre y cuando se pueda llevar a cabo sin ningún riesgo para nuestra persona o para terceros. De no hacerlo, incurrimos en un delito de omisión del deber de socorro. Incluso si no es posible prestar socorro físicamente, comete igualmente un delito por omisión el que no solicita la ayuda de un tercero, ya sea por vía telefónica o en persona. No prestar auxilio en las circunstancias mencionadas implica pena de multa de 3 a 12 meses.
Si el que omite el deber de socorro es además el causante fortuito del accidente que ha colocado a esa o esas personas en situación de riesgo, la pena será de prisión de 6 meses a 1 año y multa de 6 a 12 meses.
Finalmente, si además se es responsable del accidente y no ha sido fortuito sino fruto de una imprudencia, la pena pasa a ser de prisión de 6 meses a 2 años y multa de 6 a 24 meses.
Otras acciones
Colocar obstáculos en las carreteras, derramar sustancias deslizantes o inflamables, destruir o cambiar las señales de tráfico, etc. son algunos de los actos que se pueden considerar constitutivos de delito, ya que pueden causar un riesgo en la circulación. Si así se manifiesta, este tipo de actividades podrán ser sancionadas con la pena de prisión de 6 meses a 2 años o multa de 3 a 8 meses.
Como ya has podido comprobar, un accidente de tráfico no solo implica adentrarse en procesos de recuperación y reclamaciones a las compañías aseguradoras por las posibles lesiones causadas o sufridas. Como bien ha empezado a promover la DGT, puede implicar para el causante del accidente muchos quebraderos de cabeza si se considera que ha cometido un delito. Así que, si te has visto inmerso en un accidente, lo mejor es que contactes con nuestro bufete de abogados en Barcelona y nos expliques con todo detalle las circunstancias en las que se ha producido el siniestro, para que podamos asesorarte sobre cómo actuar y dirigir las acciones legales al campo del derecho que más se ajuste al caso.