En términos generales, la reclamación de lesiones por accidente de tráfico debe formularse antes de que transcurra un año desde la fecha del accidente.
Si la reclamación se produce en Catalunya, el afectado tiene 3 años para formular la reclamación.
Existen dos vías. La primera, y la que siempre se intenta, consiste en una reclamación extrajudicial y amistosa. La segunda consiste en interponer una demanda civil ante el juzgado.
Sí, existe ese derecho. Además, resulta más ventajoso que un abogado independiente defienda sus intereses.
Sí, pero siempre dependiendo de la póliza y del límite que tenga contratado. Feliu & Sánchez ofrece ayuda para analizar las cantidades cubiertas y realizar las gestiones necesarias entre la compañía y el tomador del seguro.
Se pueden reclamar los daños materiales por los días que el afectado ha estado impedido, las posibles secuelas derivadas del accidente, los gastos médicos y otros conceptos como la pérdida o disminución de ingresos.
Para calcular y tener en cuenta cada uno de los conceptos es imprescindible la ayuda de un abogado especializado en reclamación de lesiones por accidentes de tráfico.
Sí, la nueva ley que se aplica desde enero de 2016 ha ampliado los sujetos que pueden recibir indemnizaciones.
La reclamación de lesiones por accidentes de tráfico debe hacerse directamente ante el Consorcio de Compensación de Seguros.
Como en el caso anterior, la reclamación debe formalizarse ante el Consorcio de Compensación de Seguros de manera directa.
El cliente tiene derecho a cambiar de abogado las veces que desee y en el momento del procedimiento que prefiera.