
04 Jul Consejos de nuestro abogado en Barcelona: diferencias entre demanda, denuncia y querella
Como nuestro abogado en Barcelona ha podido constatar, para los que no están habituados a tratar temas jurídicos en su día a día es difícil diferenciar ciertos conceptos legales que en algún momento quizás sea necesario saber. Por eso, hoy, desde Feliu & Sánchez Advocats queremos aclararte una de las cuestiones que más confusión suelen generar: las diferencias entre demanda, denuncia y querella.
Demanda, denuncia y querella tienen en común que son tres maneras posibles de iniciar un procedimiento judicial. Lo primero que debemos diferenciar, según nuestro abogado en Barcelona, es cuál es la vía judicial que se va a emprender. Mediante una demanda se inician los procedimientos judiciales por la vía civil, mientras que cuando queremos iniciarlo por la vía penal hay que recurrir a una denuncia o bien una querella.
A continuación te detallamos las características de cada uno de estos términos:
Vía civil: la demanda
Como hemos dicho, una demanda es la manera de iniciar un procedimiento judicial para ejercer acciones de reclamación de derechos por la vía civil, laboral o mercantil. Se trata de una petición formal y escrita que se presenta ante el Tribunal competente. En ella se presentan unos hechos que motivan una reclamación que se sustenta en fundamentos jurídicos. Es la vía habitual para solucionar conflictos particulares derivados de relaciones de arrendamiento, herencias o diferencias entre vecinos, por ejemplo.
Vía penal: la denuncia
Si optamos por la vía penal, un posible procedimiento es presentar una denuncia, que consiste en la comunicación formal de unos hechos que pueden ser delictivos ante la autoridad, policía, juez o Ministerio Fiscal. Esta comunicación se puede llevar a cabo por escrito o verbalmente ante un agente de la autoridad o un funcionario, en cuyo caso no es necesaria la intervención del abogado y el procurador.
Nuestro abogado en Barcelona nos aclara que la principal característica de la denuncia es que al presentarla no se adquiere de entrada la condición de parte acusadora (no se pierde ni se gana nada), aunque pueda darse esta circunstancia en algún momento posterior del procedimiento si nos personamos con nuestro abogado. Presentar una denuncia, al fin y al cabo, es una manera de colaborar con la justicia por parte de cualquier persona que presencie un delito público, ya que es obligación denunciarlo, especialmente para ciertas personas, cuando por razones de cargo, profesión u oficio conocen de primera mano hechos denunciables (personal sanitario, educadores, etc.)
Vía penal: la querella
A diferencia de lo que ocurre en la denuncia, la querella es un acto formal de acusación mediante el cual iniciamos un proceso a instancia de parte. No se trata de una simple declaración en la que relatamos el conocimiento de unos hechos delictivos, sino que implica la voluntad expresa de que se investiguen. Se solicita la apertura de un procedimiento criminal en el que quien presenta la querella será parte del procedimiento. Por tal motivo aquí si es imprescindible la participación de la figura del abogado y el procurador.
Una querella debe cumplir ciertos requisitos formales, como información detallada de la identidad del querellante, la del querellado, una descripción de los hechos, lugar y fecha, las diligencias que debe practicar el juzgado, la petición de que se admita a trámite la querella y que se practiquen las diligencias solicitadas y la firma del querellante.
Así, ante una querella, quien la presenta pasa a ser parte procesal al estar personado en el procedimiento penal con abogado y procurador. De este modo puede obtener información detallada de todas las actuaciones judiciales que tengan lugar en el desarrollo del proceso penal, puede solicitar y proponer distintas pruebas, intervenir en los interrogatorios de los testigos, impugnar las pruebas periciales practicadas, formular conclusiones y valorar las pruebas practicadas, además de solicitar una pena para el culpable y la reparación de todos los daños y perjuicios sufridos.
Ahora que desde nuestro bufete de abogados en Barcelona te hemos aclarado las diferencias de estos distintos procedimientos, puedes valorar qué vía debes emprender si has presenciado hechos delictivos y quieres ponerlos de manifiesto. Si necesitas consejo, en Feliu &Sánchez Advocats estaremos encantados de ayudarte a decidir cuál es el procedimiento más adecuado para hacerlo.